Micelio

decreto 1360 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978.

Artículo 1º

ARTICULO 1 º. Aprobar el Acuerdo número 012 del 7 de junio de 1994, por medio del cual se suprimen unos cargos de la planta de personal de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla en Liquidación, dentro del proceso de liquidación de la misma, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 012 DE 1994 (junio 7) por medio del cual se suprimen unos cargos en la planta de personal de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla. La Junta Liquidadora de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO Primero. Que mediante el Decreto número 2111 del 29 de diciembre de 1992, se suprimen los establecimientos públicos de las Zonas Francas Industriales y Comerciales de Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, Palmaseca, Buenaventura, Cúcuta, Rionegro y Urabá (el subrayado es nuestro); Segundo . Que el artículo 5º del Decreto 2111 de 1992 establece la reducción gradual de la Planta de Personal que labora en los establecimientos públicos en liquidación según las necesidades hasta la conclusión del proceso a más tardar en la fecha señalada en el artículo 1º del mismo Decreto, y Tercero . Que la Administración de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla, una vez hechos todos los análisis y en las diferentes áreas consideró posible el suprimir los cargos de la planta de personal, ACUERDA: Artículo primero . Suprimir los siguientes cargos actualmente previstos en la planta de personal de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla, así: NIVEL COD. GDO. NOMBRE DEL CGO. No. DE CGO. 00 Directivo 0015 12 Gerente General 1 00 Directivo 0040 03 Subgerente General 1 00 Directivo 0040 03 Subgerente 1 00 Directivo 0040 02 Subgerente 1 00 Directivo 0040 01 Subgerente 1 00 Ejecutivo 2045 06 Jefe de Oficina 1 02 Ejecutivo 2075 05 Jefe de Sección 4 03 Profesional 3020 04 Profesional. Universitario 1 03 Profesional 3020 - Profesional Universitario 2 05 Asistencial 5105 12 Supervisor 1 05 Asistencial 5080 11 Almacenista 1 05 Asistencial 5140 10 Secretario 1 05 Asistencial 5100 10 Visitador 14 05 Asistencial 5100 08 Visitador 3 05 Asistencial 5140 08 Secretario 4 05 Asistencial 5140 06 Secretario 3 05 Asistencial 5120 11 Auxiliar Administrativo 2 05 Asistencial 5100 06 Visitador 2 05 Asistencial 5120 09 Auxiliar Administrativo 3 05 Asistencial 5120 07 Auxiliar Administrativo 7 05 Asistencial 5155 07 Ayudante de Oficina 1 05 Asistencial 5155 05 Ayudante de Oficina 3 06 Asistencial 6005 09 Transcriptor de Datos 1 06 Asistencial 6010 - Chofer Mecánico 2 06 Asistencial 6035 - Auxiliar de ServiciosGenerales 8 TOTAL CARGO 69 Artículo segundo . El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto de aprobación por parte del Gobierno Nacional. Aprobado por la Junta Liquidadora de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla, a los 7 días del mes de junio de 1994. (Fdo.) Presidente; Mauricio Sanz de Santamaría, (Fdo.) Secretario». Armando Zabarain González,

Artículo 2º

ARTICULO 2 º. El presente Decreto rige a partir del 1º de julio de 1994.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978
El Ministro de Comercio Exterior