Artículo 1Hácese El Siguiente Contracrédito Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia, Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Deuda Pública Nacional Capítulo 160 Dirección
° Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de gastos para la vigencia, fiscal de 1970: Presupuesto de funcionamiento ministerio de hacienda y credito publico Deuda Pública Nacional Capítulo 160 Dirección. General de Crédito Público Programa 182 Deuda interna Pagarés a favor de la Empresa Colombiana de Petróleos-Ecopetrol-. 510. Artículo 1693. Amortización e intereses de los pagarés del 3% anual, expedidos a favor de Ecopetrol, para financiar la construcción del Ferrocarril del Atlántico y el Subsidio del Transporte, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno 'Nacional por el Decreto legislativo número 3274 de 1954 y el Decreto 1858 de 1959, así: 306.501.I° Amortización 25.000.000.00 307.503.2° Intereses 11.870.400.00 De esta apropiación se contracreditan 4.600.000.00 Suma el contracrédito $ 4.600.000.00
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970. Presupuesto de funcionamiento MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Capítulo 231 Ministerio de Salud Pública Programa 256 Sostenimiento de Hospitales, Puestos y Centros de Salud 203,352,412. Artículo 2438. Aportes para sostenimiento de Hospitales, Puestos y Centros de Salud, en el Departamento de Santander 1.100.000.00 Ordinal 1. Bucaramanga: Hospital "San Juan de Dios" 1.100.000.00 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capítulo 280 Ministerio de Educación Nacional Programa 326 Aporte a los Establecimientos Públicos del Sector Educativo Transferencias 204,314,414. Artículo 3212. Aporte a la Universidad Nacional del Cauca 2.200.000.00 Programa 327 Aportes del Tesoro para el Fomento de la Educación y Cultura. Transferencias, 203,319,412 Artículo 3358-A. Aportes del Estados para sostenimiento de planteles de divulgación y otros, en el Departamento de Cundinamarca $ 1.300.000.00 Ordinal 1. Jardín Botánico "José Celestino Mutis", (Ley 15 de 1963) 1.300.000.00 Suma el crédito $ 4.600.000.00
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.