Micelio

decreto 397 de 1952

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Artículo 1Modifícanse Los Gravámenes Establecidos Por El Decreto 2218 De 1950 Para Las Posiciones Del Arancel De Aduanas Que Se Expresan A Continuación: 518 Algodón En Bruto Especifico Ad-Valorem

° Modifícanse los gravámenes establecidos por el Decreto 2218 de 1950 para las posiciones del Arancel de Aduanas que se expresan a continuación: 518 Algodón en bruto Especifico Ad-valorem. b) Otros $ 0.08 5% 519 Desechos de algodón y algodón deshilado en bruto 0.08 5%

Artículo 2Los Gravámenes Establecidos En El Artículo Anterior Regirán Para Las Mercancías Que Lleguen A Puerto Colombiano A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto

° Los gravámenes establecidos en el artículo anterior regirán para las mercancías que lleguen a puerto colombiano a partir de la vigencia del presente Decreto.

Artículo 3El Gobierno Procederá A Modificar Los Precios De Compra Para El Algodón Nacional Establecido Por El Decreto Número 188 De 1951, Elevándolos En $ 0

° El Gobierno procederá a modificar los precios de compra para el algodón nacional establecido por el Decreto número 188 de 1951, elevándolos en $ 0.10 por kilo para el algodón desmotado y proporcionalmente para el algodón con semilla.

Artículo 4Suspéndense Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto, Que Rige Desde La Fecha E Su Expedición

° Suspéndense las disposiciones contrarias al presente Decreto, que rige desde la fecha e su expedición. Comuníquese y publíquese. ROBERTO URDANETA ARBELAEZ El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade .-El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores, Juan Uribe Holguín .-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo .-El Ministro De Guerra, José María Bernal .-El Ministro de Agricultura Y Ganadería, Camilo J. Cabal Cabal .-El Ministro del Trabajo, Alfredo Araujo Grau .-El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis .-El Ministro de Fomento, Carlos Villaveces .-El Ministro de Educación Nacional,- Rafael Azula Barrera .-El Ministro De Correos y Telégrafos, Carlos Echeverri Cortes .-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro De Guerra
El Ministro de Agricultura Y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Fomento
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro De Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas