Micelio

decreto 1694 de 1949

2 artículos · lectura continua

el Presidente de la Republica
Considerando · 3 motivos

Que el Hospital San José, de Moniquirá, debe su origen a la caridad pública. Segundo.

Que las personas que en tal forma contribuyeron a su fundación, no determinaron las normas de cómo debe integrarse la junta directiva, y Tercero;

Que el artículo 1° del Decreto.1289 de 1946, dispone que las instituciones hospitalarias cuyo origen se deba a herencia, legados, colectas o en conformidad con lo que disponga el Presidente de la Republica;

Artículo 1

Artículo primero , La Junta Directiva del Hospital San José, de Moniquirá, estará integrada por cinco (5) miembros elegidos así: uno por el Gobernador del Departamento, otro por el Concejo Municipal, el Cura Párroco o su designado, el Representante del Gobierno Nacional y uno elegido por las personas honorables que estén contribuyendo a su sostenimiento.

Artículo 2

Artículo segundo. Esta Junta tendrá a su cargo la dirección y administración del hospital, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y a ella corresponde la expedición de los respectivos estatutos y reglamentos. Comuniquese cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Higiene