Micelio

decreto 298 de 1930

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, ,y CONSIDERANDO que debido a la disminución de las partidas asignadas en la Ley de Apropiaciones para el Ferrocarril de Nariño, es indispensable reducir los gastos de dicha Empresa

Artículo 1A Partir Del Día Primero De Marzo Próximo Y Hasta Nueva Disposición De La Junta Administradora Del Ferrocarril De Nariño, El Personal Técnico De Dicha Empresa Será El Siguiente, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Indican: Sección Primera-K

° A partir del día primero de marzo próximo y hasta nueva disposición de la Junta Administradora del Ferrocarril de Nariño, el personal técnico de dicha Empresa será el siguiente, con las asignaciones mensuales que se indican: Sección primera-K. 17 a K. 60: Ingeniero Jefe, señor Enrique Acosta, con $ 300 Ingeniero Ayudante, señor Roberto Caicedo, con 200 Inspector, señor Luis Andrade, con 150 Sección segunda-K. 60 a K. 109: Ingeniero Jefe, señor Rafael Terreros, con 400 Ingeniero Ayudante, señor Fernando Jaramillo A., con 200 Inspector, señor Luis M. Fonseca, con 150 Sección tercera-Carretera del Diviso al Páramo; Ingeniero, señor Segundo Montenegro, con 340 Inspector, señor Elías Bohórquez, con 150

Artículo 2Refúndense En Uno Solo, Con El Nombre De Cajero Pagador Y Con Una Asignación Mensual De Ciento Ochenta Pesos ($ 180), Los Cargos De Cajero Y Pagador Auxiliar De La Misma Empresa, Y Nómbrase Para Desempeñarlo Al Señor Jorge E

° Refúndense en uno solo, con el nombre de Cajero Pagador y con una asignación mensual de ciento ochenta pesos ($ 180), los cargos de Cajero y Pagador Auxiliar de la misma Empresa, y nómbrase para desempeñarlo al señor Jorge E. Martínez, quien deberá otorgar, antes de posesionarse, la fianza legal correspondiente, por la cuantía que fije la Contraloría General de la República. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas