Micelio

decreto 736 de 1900

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El Ministro del Tesoro En uso de las autorizaciones que le delegó el Exc
Considerando · 1 motivo

Que el Sr. Ministro de Instrucción Pública ha solicitado, como de urgente é imprescindible necesidad para el buen servicio público, el restablecimiento de la cantidad que abajo se expresará, deducida de la primera liquidación del bienio actual por virtud del Decreto número 255 de 1899 y conforme al Cuadro D, adjunto á él, ";

Artículo 1

" Art. único ° . Restablécese en la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1899 y 1900 la suma de $ 25,000, imputable así: SERVICIO DE 1899 Y 1900 departamento de instrucción pública Capítulo 52 -Gastos varios Art. 349. Para fundación y sostenimiento dé las Escuelas de Artes y Oficios, á $ 25,000 anuales (cantidad deducida por el Cuadro D anexo al Decreto número 255 de 1899). $25,000.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro del Tesoro