Artículo 1El Vencimiento Para Presentar Y Pagar La Declaración Del Impuesto Nacional Al Consumo Correspondiente Al Trimestre Enero-Febrero De 2013, Será El Veintiuno (21) De Marzo De 2013, Independientemente Del Último Dígito De Verificación
°. El vencimiento para presentar y pagar la declaración del Impuesto Nacional al Consumo correspondiente al trimestre enero-febrero de 2013, será el veintiuno (21) de marzo de 2013, independientemente del último dígito de verificación.
Artículo 2Vigencia
°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo 23-1 del Decreto 2634 de 2012, adicionado por el Decreto 0187 de 2013.