Micelio

decreto 167 de 1993

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades legales y en especial la que le confiere el literal d) del artículo 17 de la Ley 38 de 1989, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 3077 de 1989

Artículo 1Apruébase El Presupuesto De Ingresos Y Gastos De La Siguiente Entidad, En La Cuantía Y Detalle Correspondiente

° Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la siguiente entidad, en la cuantía y detalle correspondiente. Promotora de Vacaciones y Recreación Social -Prosocial-. Ingresos corrientes 3.453.000.000 Ingresos de Capital 40.000.000 Disponibilidad inicial 239.800.000 Total ingresos + Disponibilidad inicial 3.732.800.000 Gastos de funcionamiento 2.590.000.000 Servicios personales 1.484.400.000 Gastos generales 657.000.000 Transferencias 448.600.000 Gastos de operación 512.000.000 Gastos de inversión 333.000.000 Disponibilidad final 297.800.000 Total gastos + Disponibilidad final 3.732.800.000

Artículo 2La Promotora De Vacaciones Y Recreación Social -Prosocial- Quedará Sujeta A Las Disposiciones Establecidas En El Decreto 2194 De 1992 Para Las Empresas Previstas En El Artículo 3° Del Referido Decreto

° La Promotora de Vacaciones y Recreación Social -Prosocial- quedará sujeta a las disposiciones establecidas en el Decreto 2194 de 1992 para las empresas previstas en el artículo 3° del referido Decreto.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales y en especial la que le confiere el literal d) del artículo 17 de la Ley 38 de 1989, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 3077 de 1989
El Ministro de Hacienda y Crédito Público