en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 1615 del 12 de junio de 2003, se suprimió y ordenó la liquidación de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden nacional, vinculada al Ministerio de Comunicaciones
Considerando · 4 motivos
Que mediante el Decreto 1615 del 12 de junio de 2003, se suprimió y ordenó la liquidación de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden nacional, vinculada al Ministerio de Comunicaciones;
Que el artículo 4º del Decreto 2062 de 2003 previó que para las madres cabeza de familia o personas con limitación, la protección especial cesara el 31 de enero de 2004, de acuerdo con lo establecido en la Ley 812 de 2003;
Que para dar cumplimiento a lo ordenado por la honorable Corte Constitucional, en Sentencia de Unificación SU-388 de abril 13 de 2005, la cual dispuso reintegrar a todas aquellas madres cabeza de familia, se hace necesario crear trescientos setenta y cinco (375) cargos de trabajadores oficiales en la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, en Liquidación;
Que se cuenta con la viabilidad presupuestal expedida por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;
Artículo 1
º . Créanse trescientos setenta y cinco (375) cargos de trabajadoras oficiales en la planta de personal de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Telecom en Liquidación, para dar cumplimiento a lo ordenado por la Sala Plena de la Corte Constitucional, en Sentencia de Unificación SU-388 de abril 13 de 2005.
Artículo 2
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.