Micelio

decreto 1200 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional

Artículo 1

Artículo único. Autorízase al Ministro de Fomento para subdelegar en el Secretario General del mismo Ministerio la facultad de firmar y expedir los títulos y certificados de propiedad industrial. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición, y quedan suspendidas las disposiciones legales que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra, Gonzalo Restrepo Jaramillo - E1 Ministro de Justicia, Guillermo Amaya Ramírez El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Fomento
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas