Micelio

decreto 1693 de 1965

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren los artículos 12 en concordancia con el de la Ley de 1963, y CONSIDERANDO: que se hace necesario fijar un auxilio ele carácter extraordinario al Agregado Militar, Naval y Aéreo a la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Brasil, en atención al elevado costo de la vida en la ciudad de Río de Janeiro

Artículo 1Fijase La Cantidad De Quinientos Dólares (Us$ 500

°. Fijase la cantidad de quinientos dólares (US$ 500.00) mensuales, como auxilio de carácter extraordinario al Agregado Militar, Naval y Aéreo a la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Brasil.

Parágrafo

El auxilio extraordinario de que trata el presente Decreto se pagará con cargo al presupuesto del Ministerio de Guerra.

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público