en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 59 de la Ley 31 de 1992, en concordancia con los artículos 3º y 15 de la Ley 9º de 1991 y surtido el procedimiento de que trata el Decreto 2348 de 1993
Artículo 1º
º. Los literales c) y d) del artículo 8º de la Resolución 51 de 1991, modificado por el artículo 3º del Decreto 2012 de 1994, quedarán así: "c) Empresas cuya actividad principal la constituye la compra, venta o arrendamiento de bienes inmuebles. Se exceptúan de lo anterior las empresas en las cuales dicha actividad se desarrolla con inmuebles construidos por ellas mismas; d) Documentos emitidos como resultado de un proceso de titularización de un inmueble o de proyectos de construcción o a través de fondos inmobiliarios descritos en las Secciones I a IV del Capítulo IV de la Resolución 1394 de 1993 expedida por la Superintendencia de Valores, ya sea por medio de oferta pública o privada".
Artículo 2º
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.