Micelio

decreto 2057 de 1989

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3 del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia

Artículo 1Adicionase El Artículo 1º Del Decreto 1741 Del 24 De Agosto De 1988, Con Las Siguientes Misiones: Embajadas Niveles De Gastos De Representacion Australia 2 Etiopía 1 Grecia 2 Marruecos 1

º. Adicionase el artículo 1º del Decreto 1741 del 24 de agosto de 1988, con las siguientes Misiones: EMBAJADAS NIVELES DE GASTOS DE REPRESENTACION Australia 2 Etiopía 1 Grecia 2 Marruecos 1

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3 del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público