Considerando · 3 motivos
Que la orquesta sinfónica de Colombia y la Banda Nacional de Bogotá, son dos instituciones destinadas a difundir la alta música sinfónica, y cumplen de por sí una verdadera e importante labor cultural;
Que por los Decretos 2285 y 3148 de 1955, fueron declaradas instituciones docentes, haciéndose extensivo tal carácter para todos los efectos legales;
Que es por consiguiente urgente y necesario consagrar para los hijos de estos institutores los beneficios a que son acreedores todos los demás;
Artículo 1
Artículo primero. Hácese extensivo el beneficio contenido en el Decreto 1812 de 1953 a los hijos de los institutores que sean parte de las agrupaciones musicales denominadas Orquesta Sinfónica de Colombia y Banda Nacional de Bogotá, quienes por consiguiente tendrán derecho a ingresar preferencialmente a las instituciones educativas oficiales, cumpliendo las mismas condiciones señaladas en la resolución Reglamentaria número 0010de1954.
Artículo 2
Artículo segundo. El Ministerio de Educación Nacional reservará el número de becas necesarias en los diferentes planteles, tanto oficiales como particulares, a fin de dar cumplimiento al presente Decreto, y reglamentará posteriormente mediante las Resoluciones a que haya lugar, la forma y distribución de dichas becas.
Artículo 3
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,