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decreto 1040 de 1996

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 2º del artículo 189 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que según comunicación de fecha 24 de mayo de 1996, suscrita por el doctor Luis Carlos Villegas Echeverri, Presidente de la Asociación Nacional de Industriales "ANDI", el doctor Jaime Cerón Coral, quien había sido designado como Consejero Técnico del Delegado Empleador, no asistirá a la 83º Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que se realizará en Ginebra, Suiza del 4 al 20 de junio de 199

Considerando · 2 motivos

Que según comunicación de fecha 24 de mayo de 1996, suscrita por el doctor Luis Carlos Villegas Echeverri, Presidente de la Asociación Nacional de Industriales "ANDI", el doctor Jaime Cerón Coral, quien había sido designado como Consejero Técnico del Delegado Empleador, no asistirá a la 83º Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que se realizará en Ginebra, Suiza del 4 al 20 de junio de 1996;

Que en su lugar, solicita que el doctor José Vicente Calad, Director de la División de Relaciones Industriales de Cervecería Unión S. A., sea designado como Consejero Técnico del Delegado Empleador;

Artículo 1º

º. Modificar el artículo primero del Decreto número 000937 de mayo 27 de 1996, "por el cual se integra la delegación que participará en la 83º Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo", en el sentido de que el doctor Jaime Cerón Coral, Asesor de la Asociación Nacional de Industriales ANDI, Consejero Técnico del Empleador, no asistirá a la 83º Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, y en su lugar participará el doctor José Vicente Calad, Director de la División de Relaciones Industriales de Cervecería Unión S. A., como Consejero Técnico del Delegado Empleador.

Artículo 2º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 2º del artículo 189 de la Constitución Política, y
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad Social