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decreto 166 de 2007

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Defensa Nacional-Policía Nacional, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar la planta de personal, encontrándola ajustada téc

Considerando · 2 motivos

Que el Ministerio de Defensa Nacional-Policía Nacional, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar la planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia concepto favorable;

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.

Artículo 1Suprímanse De La Planta De Personal Del Ministerio De Defensa Nacional- Policía Nacional, Los Siguientes Cargos: N° Cargos Denominación Del Empleo Código Grado 1 (Uno) Jefe Oficina 2045 12 1 (Uno) Jefe División 2040 12 6 (Seis) Adjunto Segundo 4032 - 7 (Siete) Adjunto Tercero 4034 - 52 (Cincuenta Y Dos) Adjunto Cuarto 4036 - 219 (Doscientos Diecinueve) Adjunto Quinto 4038 -

°. Suprímanse de la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional- Policía Nacional, los siguientes cargos: N° Cargos Denominación del empleo Código Grado 1 (Uno) Jefe Oficina 2045 12 1 (Uno) Jefe División 2040 12 6 (Seis) Adjunto Segundo 4032 - 7 (Siete) Adjunto Tercero 4034 - 52 (Cincuenta y Dos) Adjunto Cuarto 4036 - 219 (Doscientos diecinueve) Adjunto Quinto 4038 -

Artículo 2Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio De Defensa Nacional-Policía Nacional, Los Siguientes Cargos: N°

°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional-Policía Nacional, los siguientes cargos: N°. de cargos Denominación del empleo Código Grado 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 15 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 14 20 (Veinte) Profesional Universitario 2044 10 40 (Cuarenta) Profesional Universitario 2044 03 85 (Ochenta y Cinco) Profesional Universitario 2044 01 13 (Trece) Técnico Administrativo 3124 07 10 (Diez) Técnico Administrativo 3124 06

Artículo 3El Ministro De Defensa Nacional Distribuirá Los Cargos De La Planta Global A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Presente Decreto Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Organización Interna, Las Necesidades Del Servicio, Los Planes Y Programas De La Entidad

°. El Ministro de Defensa Nacional distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 1260 De 1994 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1260 de 1994 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública