Micelio

decreto 434 de 1984

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Artículo 1º

º . Establécense los siguientes niveles de gastos de representación mensual paira los Embajadores de Colombia, en el exterior can carácter de Jefes de Misión y de grado ocupacional 7 EX u 8 EX, según la clasificación que a continuación se determina: Nivel de la Misión, Valor mensual en US$ 1 300 2 600 3 1.000 4 2.000 5 3.500

Artículo 2º

º . Para los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, el Gobierno clasificará las misiones Diplomáticas de Colombia en el exterior, teniendo en cuenta los siguientes criterios: importancia y representatividad de la misión grado ocupacional del Jefe de la misma y nivel del costo de vida en el respectivo país, dado por las Naciones Unidas. Mientras se hace la clasificación a que se refiere este artículo, continuarán causándose los gastos de representación actualmente vigentes para los Embajadores enunciados en el artículo anterior.

Artículo 3º

º . Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.