Artículo 1La Planta De Oficiales Generales En El Ejército, Queda Modificada A Partir Del Primero (1º) De Diciembre De 1973, De La Siguiente Manera: 1
º La Planta de Oficiales Generales en el Ejército, queda modificada a partir del primero (1º) de diciembre de 1973, de la siguiente manera: 1. Ejército. a. Oficiales de las Armas. Mayor General 8 Brigadier General 16
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde El Primero (1º) De Diciembre De 1973 Hasta El Treinta Y Uno (31) De Diciembre De 1974
º El presente Decreto rige desde el primero (1º) de diciembre de 1973 hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 1974. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República