Micelio

decreto 166 de 1970

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Artículo 1

Artículo primero. Suprímese el cargo de Mecanotaquígrafa de la Embajada de Colombia en Panamá.

Artículo 2

Artículo segundo. Suprímese el cargo de Mecanotaquígrafa (local) de la Embajada de Colombia en Panamá.

Artículo 3

Artículo tercero. Suprímese el cargo de Mecanotaquígrafa (local) de la Embajada de Colombia en Costa Rica.

Artículo 4

Artículo cuarto. Créase el cargo de Mecanotaquígrafa de la Embajada de Colombia en Costa Rica con una asignación de cuatrocientos pesos ($ 400.00) mensuales, y nómbrase para desempeñarlo a la señora Isabel de Zulueta de Espinosa.

Artículo 5

Artículo quinto. Créase el cargo de Mecanotaquígrafa de la Embajada de Colombia en Panamá, con una asignación de cuatrocientos pesos ($ 400.00) mensuales y nómbrase para desempeñarlo a la señora Beatriz Orozco de Perdomo.

Artículo 6

Artículo sexto. Queda en estos términos modificado el Decreto 2863 de 1966.

Artículo 7

Artículo séptimo. Las asignaciones a que se refieren los artículos cuarto y quinto del presente Decreto, serán pagadas de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto número 142 de 1935.

Artículo 8

Artículo octavo. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público