Micelio

decreto 888 de 1959

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Autorizase al Instituto Nacional de Abastecimientos INA, para llevar a cabo la importación hasta de 5.500 toneladas de azúcar, con exención de derechos de aduana, de impuesto de giros y de depósito previo. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República