Micelio

decreto 1223 de 1988

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El Presidente de la República

en ejercicio de sus atribuciones legales

Artículo 1

° El artículo 1° del Decreto 1304 de 1983, quedará así: “Establécense tres categorías para el Premio Nacional de la Calidad, creado mediante Decreto 1653 de 1975, así: Categoría Gran Industria. Categoría Mediana Industria. Categoría Pequeña Industria y Servicios”.

Artículo 2

° La clasificación de las empresas postulantes al Premio Nacional de la Calidad en las categorías establecidas en el artículo anterior, se realizará de acuerdo al criterio que para tal efecto fije el Consejo Nacional de Normas y Calidades.

Artículo 3

° Para el Premio Nacional de la Calidad en las categorías establecidas en el presente Decreto se observarán las disposiciones contenidas en el Decreto 1653 de 1975.

Artículo 4

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 1° del Decreto 1304 de 1983.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República, en ejercicio de sus atribuciones legales
El Ministro de Desarrollo Económico