en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto-ley 1567 de 1998
Artículo 1º
º . Modifícase el
º del artículo 70 del Decreto 1227 de 2005, el cual quedará así: "
º . Los programas de educación no formal y de educación formal básica primaria, secundaria y media, o de educación superior, estarán dirigidos a los empleados públicos. También se podrán beneficiar de estos programas las familias de los empleados públicos, cuando la entidad cuente con recursos apropiados en sus respectivos presupuestos para el efecto".
Artículo 70 DECRETO 1227 de 2005
Artículo 2º
º . El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.