Artículo 1Apruébase Y Adoptase En Todas Sus Partes El Reglamento De Revistas Económicas En Las Tropas Y Reparticiones Militares, Presentado Por El Ministerio De Guerra
°. Apruébase y adoptase en todas sus partes el Reglamento de revistas económicas en las tropas y reparticiones militares, presentado por el Ministerio de Guerra.
Artículo 2Dicho Reglamento Entrara En Vigencia Desde Su Publicación
°. Dicho Reglamento entrara en vigencia desde su publicación. El Ministerio de Guerra dispondrá la impresión de este Reglamento en una edición de quinientos (500) ejemplares. Comuníquese y publíquese. Dado en Apulo a 3 de junio de 1925. PEDRO NEL OSPINA Bogotá, junio 4 de 1925. El Ministro de Guerra, Carlos JARAMILLO ISAZA
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra