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decreto 2463 de 2013

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia Nacional de Salud es una entidad de carácter técnico adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, cabeza del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Que la Superintendencia Nacional de Salud con el fin de modificar la p

Considerando · 3 motivos

Que la Superintendencia Nacional de Salud es una entidad de carácter técnico adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, cabeza del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Que la Superintendencia Nacional de Salud con el fin de modificar la planta de personal, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal.

Artículo 1°

°. Suprímense de la planta de personal de la Superintendencia Nacional de Salud los siguientes cargos: Nº de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL SUPERINTENDENT E Uno (1) Superintendente 0030 25 Cinco (5) Asesor 1020 15 Seis (6) Asesor 1020 13 Dos (2) Profesional Especializado 2028 17 Uno (1) Técnico 3100 18 Dos (2) Secretario Ejecutivo 4210 22 Dos (2) Conductor Mecánico 4103 17 DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS Cinco (5) Superintendente Delegado 0110 22 Diecinueve (19) Asesor 1020 10 Nº de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado PLANTA GLOBAL Uno (1) Secretario General de Superintendencia 0037 22 Cuatro (4) Director de Superintendencia 0105 19 Dos (2) Jefe de Oficina 0137 19 Uno (1) Jefe de Oficina Asesora Jurídica 1045 12 Uno (1) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 12 Veintiséis (26) Profesional Especializado 2028 20 Veinte (20) Profesional Especializado 2028 19 Cuarenta y siete (47) Profesional Especializado 2028 17 Once (11) Profesional Especializado 2028 14 Quince (15) Profesional Especializado 2028 12 Diecisiete (17) Profesional Universitario 2044 10 Trece (13) Profesional Universitario 2044 6 Cinco (5) Profesional Universitario 2044 2 Nueve (9) Profesional Universitario 2044 1 Cuatro (4) Analista de Sistemas 3003 16 Cuatro (4) Técnico 3100 18 Uno (1) Técnico 3100 16 Seis (6) Técnico Administrativo 3124 13 Cinco (5) Técnico Administrativo 3124 11 Dos (2) Técnico Operativo 3132 10 Siete (7) Secretario Ejecutivo 4210 18 Seis (6) Secretario Ejecutivo 4210 16 Uno (1) Auxiliar Administrativo 4044 23 Dos (2) Auxiliar Administrativo 4044 13 Diez (10) Auxiliar Administrativo 4044 11 Cuatro (4) Auxiliar Administrativo 4044 10 Veinte (20) Secretario 4178 13 Tres (3) Secretario 4178 10 Dos (2) Operario Calificado 4169 11 Dos (2) Conductor Mecánico 4103 15 Cuatro (4) Conductor Mecánico 4103 11 Dos (2) Auxiliar de Servicios Generales 4064 11 Tres (3) Auxiliar de Servicios Generales 4064 9

Artículo 2Las Funciones Propias De La Superintendencia Nacional De Salud Serán Atendidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: Nº De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Despacho Del Superintendente 1 (Uno) Superintendente 0030 25 2 (Dos) Asesor 1020 18 7 (Siete) Asesor 1020 15 17 (Diecisiete) Asesor 1020 13 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 19 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 13 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 18 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19 Despacho De Los Superintendentes Delegados 6 (Seis) Superintendente Delegado 0110 23 19 (Diecinueve) Asesor 1020 10 Planta Global 1(Uno) Secretario General 0037 23 4 (Cuatro) Jefe De Oficina 0137 21 1 (Uno) Asesor 1020 14 10 (Diez) Director De Superintendencia 0105 20 2 (Dos) Subdirector Administrativo Y/O Financiero O Técnico U Operativo 0150 19 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora De Jurídica 1045 16 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora De Planeación 1045 16 1(Uno) Jefe De Oficina Asesora De Comunicaciones 1045 16 35 (Treinta Y Cinco Profesional Especializado 2028 24 20 (Veinte) Profesional Especializado 2028 23 32 Treinta Y Dos Profesional Especializado 2028 22 34 (Treinta Y Cuatro) Profesional Especializado 2028 21 70 (Setenta) Profesional Especializado 2028 20 82 (Ochenta Y Dos) Profesional Especializado 2028 19 100 (Cien) Profesional Especializado 2028 17 15 (Quince) Profesional Especializado 2028 16 54 (Cincuenta Y Cuatro) Profesional Especializado 2028 14 20 (Veinte) Profesional Especializado 2028 12 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 11 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 10 Nº De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado 10 (Diez) Profesional Universitario 2044 08 4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 06 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 04 4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 03 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 02 8 (Ocho) Profesional Universitario 2044 01 2 (Dos) Técnico Operativo 3132 12 2 (Dos) Técnico Operativo 3132 11 6 (Seis) Técnico Administrativo 3124 15 15 (Quince) Técnico Administrativo 3124 13 10 (Diez) Técnico 3100 18 4 (Cuatro) Analista De Sistemas 3003 18 5 (Cinco) Analista De Sistemas 3003 16 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24 7 (Siete) Secretario Ejecutivo 4210 20 7 (Siete) Secretario Ejecutivo 4210 18 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4210 16 18 (Dieciocho) Secretario Ejecutivo 4210 15 6 (Seis) Secretario 4178 13 3 (Tres) Secretario 4178 12 2 (Dos) Operario Calificado 4169 13 1 (Uno) Operario Calificado 4169 11 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19 2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 17 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 15 4 (Cuatro) Conductor Mecánico 4103 13 2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 11 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 23 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 15 20 (Veinte) Auxiliar Administrativo 4044 13 4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 4044 12 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 11

°. Las funciones propias de la Superintendencia Nacional de Salud serán atendidas por la planta de personal que a continuación se establece: Nº de Cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE 1 (Uno) Superintendente 0030 25 2 (Dos) Asesor 1020 18 7 (Siete) Asesor 1020 15 17 (Diecisiete) Asesor 1020 13 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 19 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 13 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 18 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19 DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS 6 (Seis) Superintendente Delegado 0110 23 19 (Diecinueve) Asesor 1020 10 PLANTA GLOBAL 1(Uno) Secretario General 0037 23 4 (Cuatro) Jefe de Oficina 0137 21 1 (Uno) Asesor 1020 14 10 (Diez) Director de Superintendencia 0105 20 2 (Dos) Subdirector Administrativo y/o Financiero o Técnico u Operativo 0150 19 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 16 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 16 1(Uno) Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones 1045 16 35 (Treinta y cinco Profesional Especializado 2028 24 20 (Veinte) Profesional Especializado 2028 23 32 Treinta y dos Profesional Especializado 2028 22 34 (Treinta y cuatro) Profesional Especializado 2028 21 70 (Setenta) Profesional Especializado 2028 20 82 (Ochenta y dos) Profesional Especializado 2028 19 100 (Cien) Profesional Especializado 2028 17 15 (Quince) Profesional Especializado 2028 16 54 (Cincuenta y cuatro) Profesional Especializado 2028 14 20 (Veinte) Profesional Especializado 2028 12 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 11 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 10 Nº de Cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado 10 (Diez) Profesional Universitario 2044 08 4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 06 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 04 4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 03 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 02 8 (Ocho) Profesional Universitario 2044 01 2 (Dos) Técnico Operativo 3132 12 2 (Dos) Técnico Operativo 3132 11 6 (Seis) Técnico Administrativo 3124 15 15 (Quince) Técnico Administrativo 3124 13 10 (Diez) Técnico 3100 18 4 (Cuatro) Analista de Sistemas 3003 18 5 (Cinco) Analista de Sistemas 3003 16 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24 7 (Siete) Secretario Ejecutivo 4210 20 7 (Siete) Secretario Ejecutivo 4210 18 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4210 16 18 (Dieciocho) Secretario Ejecutivo 4210 15 6 (Seis) Secretario 4178 13 3 (Tres) Secretario 4178 12 2 (Dos) Operario Calificado 4169 13 1 (Uno) Operario Calificado 4169 11 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19 2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 17 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 15 4 (Cuatro) Conductor Mecánico 4103 13 2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 11 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 23 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 15 20 (Veinte) Auxiliar Administrativo 4044 13 4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 4044 12 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 11

Artículo 3La Incorporación De Los Empleados A La Planta De Personal Establecida En El Artículo 2° Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Sesenta (60) Días Siguientes A La Fecha De Su Publicación

°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se efectuará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su publicación. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 4La Incorporación Y El Nombramiento En Los Empleos De La Planta De Personal, Se Realizará De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Decreto Ley 775 De 2005, La Ley 909 De 2004 Y Demás Disposiciones Sobre La Materia

°. La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 775 de 2005, la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia. El Superintendente Nacional de Salud distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

Artículo 5La Provisión De Los Empleos Creados En El Presente Decreto Se Efectuará En Forma Gradual, De Conformidad Con Las Disponibilidades Presupuestales Y Hasta La Concurrencia De Las Respectivas Apropiaciones

°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.

Artículo 6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 1019 De 2007 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1019 de 2007 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud y Protección Social
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública