Micelio

decreto 3179 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

La partida de $ 95.000.00 apropiada por el Decreto número 2450 del presente año, en el Capítulo 63, artículo 730-A del Presupuesto de Gastos de la actual vigencia, se distribuye así:

Artículo 730-A Del Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia, Se Distribuye Así: Ordinal 1

Artículo primero. La partida de $ 95.000.00 apropiada por el Decreto número 2450 del presente año, en el Capítulo 63, artículo 730-A del Presupuesto de Gastos de la actual vigencia, se distribuye así: Ordinal

1.

Para dar cumplimiento al contrato de administración de los hospitales de Agua de Dios, comprendidas en el sector hospitalario fijado por el Decreto 2260 de 1953 $ 53.530.00 Ordinal

2.

Para dar cumplimiento al contrato de administración de los hospitales y asilo de niñas enfermas, de Contratación 21.883.00 Ordinal

3.

Para pagar compromisos adquiridos por las superioras de los hospitales y asilos de niñas enfermas en los Lazaretos de Agua de Dios y Contratación 19.585.00

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud Pública