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decreto 3884 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional

Considerando · 3 motivos

Que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional;

Que dentro del estado de sitio corresponde al Ministerio de Justicia dar un mayor desarrollo a la justicia investigativa;

Que desde la expedición del Decreto número 105 de 1947, orgánico del Ministerio de Justicia, no se ha cumplido reorganización alguna de las dependencias administrativas del Ministerio para adaptarlas a las nuevas necesidades de la Administración;

Artículo 1Queda Autorizado El Gobierno Para Reorganizar Los Departamentos Y Secciones Del Ministerio De Justicia, Adaptándolas A Sus Nuevas Necesidades, Y, En Consecuencia, Queda Facultado Para Aumentar Sueldos, Crear Nuevos Cargos, Suprimir O Refundir Los Existentes, Manteniéndose Dentro De Las Partidas Asignadas En El Presupuesto A Dicho Ministerio

º. Queda autorizado el Gobierno para reorganizar los Departamentos y Secciones del Ministerio de Justicia, adaptándolas a sus nuevas necesidades, y, en consecuencia, queda facultado para aumentar sueldos, crear nuevos cargos, suprimir o refundir los existentes, manteniéndose dentro de las partidas asignadas en el Presupuesto a dicho Ministerio.

Artículo 2Quedan Suspendidas Las Disposiciones Legales Contrarias Al Presente Decreto

º. Quedan suspendidas las disposiciones legales contrarias al presente Decreto.

Artículo 3

º . Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro de Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Comercio e Industrias
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas