En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 del presente año se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo territorio nacional
Considerando · 4 motivos
Que por Decreto número 3518 del presente año se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo territorio nacional;
Que los Ferrocarriles Nacionales han venido transportando la carga oficial que a ellos ha sido consignada por los distintos Ministerios y prestado los servicios de transporte que les han sido solicitados;
Que en la actualidad los distintos Ministerios deben a los Ferrocarriles Nacionales por concepto de estos servicios la suma de $ 1.217.132.13;
Que los Ferrocarriles Nacionales necesitan para atender al normal desarrollo de su explotación la cancelación de las deudas pendientes;
Artículo 1Autorízase Al Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales Para Destinar A Gastos De Explotación Hasta La Suma De $ 1
º. Autorízase al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales para destinar a gastos de explotación hasta la suma de $ 1.217.132.13, tomados de la parte del Fondo Ferroviario, destinado a construcción de ferrocarriles.
La suma anterior le será reintegrada por la Nación al Fondo Ferroviario, y el monto de ella le será abonado a las deudas que los distintos Ministerios tienen a favor de los Ferrocarriles, y que se discriminan así: Ministerio de Agricultura y Ganadería $ 2.136.60 Ministerio de Comercio e Industrias 7.826.46 Ministerio de Correos y Telégrafos 481.438.43 Ministerio de Educación Nacional 9.513.72 Ministerio de Gobierno 11.072.99 Ministerio de Guerra 291.992.82 Ministerio de Hacienda y Crédito Público 916.08 Ministerio de Higiene 2.509.65 Ministerio de Justicia 5.640.18 Ministerio de Obras Públicas 373.032.14 Ministerio de Relaciones Exteriores 21.790.95 Ministerio de Trabajo 9.216.06 Ministerio de Minas y Petróleos 19.05 Total $ 1.217.132.13
Artículo 2Este Decreto Regirá Desde Su Expedición
º. Este Decreto regirá desde su expedición. Comuníquese y Publíquese.