Micelio

decreto 2759 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere la Ley 93 de 1948

Artículo 1

Modificase el artículo 10 del Decreto número 1645 de 1948, en el sentido de que las sumas necesarias para cubrir los sueldos, viáticos, transportes y demás gastos de la Sección de Detectivismo del Departamento de Investigación Criminal de la Policía Nacional, se girarán directamente al Jefe de dicho Departamento, mediante ordenes de anticipo.

Parágrafo

Continuarán rigiendo las demás disposiciones del artículo 10 mencionado, referentes a la calidad secreta de los gastos, y a la forma de rendición de la cuenta al señor Contralor de la República.

Artículo 10Del Decreto Número 1645 De 1948, En El Sentido De Que Las Sumas Necesarias Para Cubrir Los Sueldos, Viáticos, Transportes Y Demás Gastos De La Sección De Detectivismo Del Departamento De Investigación Criminal De La Policía Nacional, Se Girarán Directamente Al Jefe De Dicho Departamento, Mediante Ordenes De Anticipo

Artículo único. Modificase el artículo 10 del Decreto número 1645 de 1948, en el sentido de que las sumas necesarias para cubrir los sueldos, viáticos, transportes y demás gastos de la Sección de Detectivismo del Departamento de Investigación Criminal de la Policía Nacional, se girarán directamente al Jefe de dicho Departamento, mediante ordenes de anticipo.

Parágrafo

Continuarán rigiendo las demás disposiciones del artículo 10 mencionado, referentes a la calidad secreta de los gastos, y a la forma de rendición de la cuenta al señor Contralor de la República.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno