en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio de las Leyes 48 de 1962, y la 1ª de 1963 (ordinal d), artículo 11, se decretó un aumento en las asignaciones y gastos de representación de algunos funcionarios públicos, y se autorizó al Gobierno para abrir los créditos y hacer los traslados presupuestales necesarios para dar cumplimiento a la misma
Considerando · 3 motivos
Que por medio de las Leyes 48 de 1962, y la 1ª de 1963 (ordinal d), artículo 11, se decretó un aumento en las asignaciones y gastos de representación de algunos funcionarios públicos, y se autorizó al Gobierno para abrir los créditos y hacer los traslados presupuestales necesarios para dar cumplimiento a la misma;
Que como consecuencia de la modificación del tipo de cambio oficial, se hace necesario reajustar las apropiaciones presupuestales destinadas a los Servicios Diplomático y Consular y al pago de cuotas a organismos internacionales;
Que para atender a las erogaciones previstas en los considerandos anteriores en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 1963, se liquidaron dos partidas bajo los artículos números 04251 y 04252, con el objeto de que fueran distribuidas por el Gobierno, por medio de traslados a las respectivas dependencias, y Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto legislativo número 0164 de 1950, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 4 de 1963, por $12.000.000.00, para amparar la operación presupuesta de que se trata;
Artículo 1Hácense Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Gastos De Funcionamiento Para La Vigencia Fiscal De 1963
º Hácense los siguientes Contracréditos al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia fiscal de 1963. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Contracréditos. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO II. Financiamiento. CAPITULO 0417 Financiamiento a cargo del Ministerio. PROGRAMA IV Financiamiento a los Ministerios y Departamentos Administrativos, a particulares y organismos privados. Servicios personales, gastos generales y transferencias. 101, 111. Artículo 04251. Para cubrir el mayor valor de los sueldos y gastos de representación de algunos cargos de la Rama Ejecutiva y de la Rama Jurisdiccional del Poder Público, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 48 de 1962, según distribución que hará el Gobierno por medio de traslado a las respectivas dependencias $ 2.000.000 00 101, 112. Artículo 04252. Para cubrir el mayor valor del Servicio Diplomático y Consular de la República, servicios personales, gastos generales y pagos a organismos internacionales por diferencia en la tasa de cambio, según distribución que hará el Gobierno por medio de traslados a las respectivas dependencias. (Ley 83 de 1962) 10.000.000.00 Suman los Contracréditos $ 12.000 000.00
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Hácense Las Siguientes Adiciones Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1963: Aquí Pdf Diario Oficial 31065 (Tabla De Presupuesto) Pág
º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, hácense las siguientes adiciones al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 31065 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 1 A 3.
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.