Artículo 1Créanse En La Planta De Personal De Parques Nacionales Naturales De Colombia Los Siguientes Empleos: Número De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado Despacho Del Director 2 (Dos) Asesor 1020 13 Planta Global 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 18 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 16 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 14 4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 2 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 13 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 22 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 16
°. Créanse en la planta de personal de Parques Nacionales Naturales de Colombia los siguientes empleos: Número de cargos Denominación del Cargo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR 2 (dos) Asesor 1020 13 PLANTA GLOBAL 4 (cuatro) Profesional Especializado 2028 18 4 (cuatro) Profesional Especializado 2028 16 2 (dos) Profesional Especializado 2028 14 4 (cuatro) Profesional Universitario 2044 2 1 (uno) Técnico Administrativo 3124 13 1 (uno) Auxiliar Administrativo 4044 22 1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 16
Artículo 2La Directora General De Parques Nacionales Naturales De Colombia, Mediante Acto Administrativo, Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Y Ubicará Al Personal Teniendo En Cuenta La Organización Interna, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades Del Servicio De La Entidad
°. La Directora General de Parques Nacionales Naturales de Colombia, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la Entidad.
Artículo 3La Directora General Proveerá Los Empleos Creados En El Presente Decreto De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales Vigentes Y Conforme A Las Apropiaciones Presupuestales
°. La Directora General proveerá los empleos creados en el presente decreto de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y conforme a las apropiaciones presupuestales.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 3577 De 2011
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3577 de 2011.