Micelio

decreto 1870 de 1974

2 artículos · lectura continua

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974: Presupuesto De Funcionamiento Contracréditos Rama Jurisdiccional Capítulo 352 Instrucción Criminal Programa 352 Administración De Las Direcciones Nacional Y Seccionales De Instrucción Criminal Y De Los Juzgados De Instrucción Penal Aduanera Gastos Generales 105 134 201 Artículo 3536

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974: Presupuesto de Funcionamiento Contracréditos Rama Jurisdiccional Capítulo 352 Instrucción Criminal Programa 352 Administración de las Direcciones Nacional y Seccionales de Instrucción Criminal y de los Juzgados de Instrucción Penal Aduanera Gastos Generales 105 134 201 Artículo 3536. Mantenimiento y aseguros $ 100.000 105 134 203 Artículo 3537. Compra de equipo 1.000.000 106 134 207 Artículo 3539. Servicios de comunicaciones 400.000 106 134 209 Artículo 3540. Servicios públicos 100.000 Suman los contracréditos $ 1.600.000 Créditos Capítulo 352 Instrucción Criminal Programa 352 Administración de las Direcciones Nacional y Seccionales de Instrucción Criminal y de los juzgados de Instrucción Criminal e Instrucción Penal Aduanera. Gastos Generales 106 134 205 Artículo 3538. Viáticos y gastos de viaje $ 1.500.000 106 134 211 Artículo 3541. Materiales y suministros 100.000 Suman los créditos $ 1.600.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Pública