Artículo 1
Derógase en todas sus partes el Decreto número 469, de 24 de marzo de 1923. En consecuencia, a los estudiantes que se hallen en el caso que contempla el Decreto citado, se les cancelará la beca si en el curso del presente mes no ingresan como alumnos a la Escuela Superior de Agronomía. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas