Micelio

decreto 4126 de 2011

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Artículo 1Los Servidores Que Ocupan Los Empleos De Director De Departamento Administrativo Y Subdirector De Departamento Administrativo, Respectivamente En El Departamento Administrativo De La Economía Solidaria Dansocial Y Accedan A Los Empleos De Director Nacional Y Subdirector Nacional De La Unidad Administrativa Especial De Organizaciones Solidarias, Continuarán Con La Remuneración Mensual Y Demás Beneficios Salariales Y Prestacionales Que Se Les Viene Reconociendo, Hasta Que Cambien De Empleo O Se Retiren Del Servicio

°. Los servidores que ocupan los empleos de Director de Departamento Administrativo y Subdirector de Departamento Administrativo, respectivamente en el Departamento Administrativo de la Economía Solidaria DANSOCIAL y accedan a los empleos de Director Nacional y Subdirector Nacional de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, continuarán con la remuneración mensual y demás beneficios salariales y prestacionales que se les viene reconociendo, hasta que cambien de empleo o se retiren del servicio.

Artículo 2Vigencia

°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública