Micelio

decreto 293 de 1996

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política.

Artículo 1º

º. El artículo 1º, literal a) del Decreto 261 de 1996, quedará así: "a) Juntas de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria, el último domingo del mes de abril, para un período de dos (2) años que se inicia el 1º de junio del mismo año".

Artículo 2º

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 12 de febrero de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política
El Ministro del Interior