Micelio

decreto 2054 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero . Delégase en la Gobernación del Departamento Norte de Santander, la continuación de las obras de construcción del Colegio. "José Eusebio Caro", de Ocaña.

Artículo 2

Por el Departamento de Contabilidad, Control y Administración del Ministerio de Educación Nacional, se girará a la Gobernación del Departamento de Norte de Santander la suma de $ 80.000.00 apropiada en el Capítulo 105, artículo 1754 del Presupuesto Nacional vigente.

Artículo 1754Del Presupuesto Nacional Vigente

Artículo segundo. Por el Departamento de Contabilidad, Control y Administración del Ministerio de Educación Nacional, se girará a la Gobernación del Departamento de Norte de Santander la suma de $ 80.000.00 apropiada en el Capítulo 105, artículo 1754 del Presupuesto Nacional vigente. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional