Artículo 1La Nota Adicional Establecida Por El Decreto 3564 Del 30 De Diciembre De 1983, En La Posición 39
º La nota adicional establecida por el Decreto 3564 del 30 de diciembre de 1983, en la posición 39.01.04.01 del Arancel de Aduanas, quedará así: "Fíjase en 10% el gravamen ad-valorem de los gránulos de poliéster clasificables por la posición 39.01.04.01, cuando tengan un contenido de óxido de titanio inferior a 0.5% en peso y sean importados como materia prima por industrias productoras del sector textil. Para tener derecho a dicho gravamen se deberá cumplir en el momento de su nacionalización con el visto bueno del Ministerio de Desarrollo Económico, o de la entidad que éste señale".
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir Del 1º De Abril De 1984 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
º El presente Decreto rige a partir del 1º de abril de 1984 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.