Micelio

decreto 1197 de 1908

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Artículo 1

Créase una plaza más de ayudante en la Oficina Telegráfica de Bucaramanga y la de segundo Ayudante de la de Santo Domingo (Departamento de Medellín). Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno