Micelio

decreto 164 de 1928

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Artículo 1Créase El Cargo De Ayudante Del Cajero Del Ferrocarril Ibagué Armenia Y Carretera Auxiliar, Con La Asignación Mensual De $ 150

º Créase el cargo de Ayudante del Cajero del Ferrocarril Ibagué Armenia y carretera auxiliar, con la asignación mensual de $ 150.

Artículo 2Para Desempeñar El Cargo Mencionado, Nómbrase Al Señor Rómulo Perdomo, Quien Antes De Posesionarse Deberá Otorgar Fianza A Satisfacción Del Cajero De La Empresa

º Para desempeñar el cargo mencionado, nómbrase al señor Rómulo Perdomo, quien antes de posesionarse deberá otorgar fianza a satisfacción del Cajero de la empresa. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas