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decreto 2447 de 2018

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere, el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 1270 de 2017, se creó la Dirección de Pedagogía y Promoción de la Paz, con el fin de lograr una construcción efectiva de la Paz a través de pedagogía, promoción y divulgación del Acuerdo de Paz

Considerando · 6 motivos

Que mediante Decreto 1270 de 2017, se creó la Dirección de Pedagogía y Promoción de la Paz, con el fin de lograr una construcción efectiva de la Paz a través de pedagogía, promoción y divulgación del Acuerdo de Paz;

Que mediante Decreto 1271 de 2017, se creó una planta transitoria en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, para dar cumplimiento a las funciones a dicha dependencia, con una vigencia a 31 de diciembre de 2018;

Que dada la necesidad de continuar con el desarrollo de las actividades tendientes a la consolidación de una cultura y unas capacidades para la Paz, a través de estrategias enfocadas a promover la convivencia y la reconciliación nacional y territorial, y a facilitar el acceso a la información tanto del contenido de los Acuerdos de Paz a los que llegue el Gobierno nacional con grupos armados al margen de la ley, así como de todas las actividades que se lleven a cabo, tendiente a facilitar la implementación de los mismos, se requiere prorrogar la planta transitoria hasta el 31 de diciembre de 2019;

Que el Fondo de Programas Especiales para la Paz tiene por objeto la financiación de programas de paz encaminados a fomentar la reincorporación a la vida civil de grupos alzados en armas;

Que la fuente de financiamiento de la planta transitoria a que se refiere el presente decreto, corresponde a recursos del presupuesto de funcionamiento del Fondo de Programas Especiales para la Paz, para lo cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió concepto favorable;

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio, para la prórroga de la planta transitoria de duración hasta el 31 de diciembre de 2019, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento.

Artículo 1Prórroga

°. Prórroga . Prorrogar en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, la siguiente planta transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2019, así:

Artículo 2Propósito

°. Propósito . Los empleos de la planta transitoria del presente decreto, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos.

Artículo 3Vigencias Y Derogatorias

°. Vigencias y derogatorias . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 1271 de 2017.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Secretaria Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, encargada de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública