Artículo 1
Artículo Único. Elevase a quince el número de los Guardas del Resguardo de Bahíahonda, en la Costa Atlántica.
Parágrafo
Por el Ministerio de Hacienda y Tesoro se harán los nombramientos de los empleados que se crean por medio del presente Decreto. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario de Hacienda encargado del despacho de Hacienda y Tesoro
Lino De Pomboencargado