Micelio

decreto 1869 de 1940

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de octubre en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda para trasladar una suma dentro del presupuesto del Ministerio de Gobierno, según consta en la nota número 4921, procedente de la Secretaría de dicha entidad

Artículo 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Gobierno Capítulo 18: Del Artículo 205, Para Gastos De Instalación Y Sostenimiento De La Escuela De Policía "general Santander," Según Distribución Que Hará El Gobierno $ 16

° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 18: Del artículo 205, Para gastos de instalación y sostenimiento de la Escuela de Policía "General Santander," según distribución que hará el Gobierno $ 16.785.17 Capítulo 17: Al artículo 173. Para atender a los gastos que demande la cédula de ciudadanía, pago de Inspectores, Fotógrafos. material y otros gastos del ramo Electoral que sean de cargo de la Nación 16.785.17 Sumas iguales $ 16.785.17 16.785.17

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Obras Públicas, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público