Artículo 1
Con excepción de su artículo 3.° que queda vigente, derógase el decreto número 537 de 4 Octubre de 1882, sobre reorganización del servicio consular.
Artículo 3Que Queda Vigente, Derógase El Decreto Número 537 De 4 Octubre De 1882, Sobre Reorganización Del Servicio Consular
Art. 1.° Con excepción de su artículo 3.° que queda vigente, derógase el decreto número 537 de 4 Octubre de 1882, sobre reorganización del servicio consular.
Artículo 2
Art. 2° Para decidir los casos que ocurran en el sucesivo, declárase vigente, menos en su punto 3°, la resolución ejecutiva de 8 de Julio de 1881, "sobre aumento de viático y gastos de remisión de sueldos diplomáticos y consulares," resolución publicada en el número 5,075 del Diario Oficial.
Firmas
El Secretario de Relaciones Exteriores