Artículo 1Modifícase El Artículo 12 Del Decreto 727 De 2009, El Cual Quedará Así: “ Artículo 12
°. Modifícase el artículo 12 del Decreto 727 de 2009, el cual quedará así: “ Artículo 12. Hora Cátedra. El valor de la hora cátedra para los empleados de la Contraloría General de la República, que cumplan funciones docentes en la Oficina de Capacitación, Producción de Tecnología y Cooperación Técnica Internacional, será de veintitrés mil doscientos ochenta y ocho pesos ($23.288) moneda corriente. Los empleados de la Contraloría General de la República que además de las funciones propias de su cargo, ejerzan la docencia en la Oficina de Capacitación, Producción de Tecnología y Cooperación Técnica Internacional, solamente podrán ser remunerados por este concepto hasta por veinte (20) horas mes, siempre que la docencia se efectúe por fuera del horario normal de trabajo”.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Artículo 12 Del Decreto 727 De 2009
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 12 del Decreto 727 de 2009.