en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5º del Acto Legislativo numero 1 de 1977, y CONSIDERANDO: Que con motivo del trágico fallecimiento del señor Presidente de la República del Ecuador, doctor Jaime Roldós Aguilera, el Presidente de la República de Colombia asistirá a las exequias de dicho mandatario, las cuales se realizaran en Guayaquil, Ecuador, el martes 26 de los corrientes
Considerando · 2 motivos
Que con motivo del trágico fallecimiento del señor Presidente de la República del Ecuador, doctor Jaime Roldós Aguilera, el Presidente de la República de Colombia asistirá a las exequias de dicho mandatario, las cuales se realizaran en Guayaquil, Ecuador, el martes 26 de los corrientes;
Que el Jefe del Estado Colombiano ha dado aviso constitucional a la honorable Corte Suprema de Justicia;
Artículo 1Mientras Dure La Ausencia Del Presidente De La República Por Razón De Su Viaje A Guayaquil, Ecuador, Delegase En El Ministro De Gobierno, Doctor Germán Zea, Las Funciones Presidenciales Correspondientes A Los Asuntos De Que Tratan Los Ordinales 3º, 6º Y 7º De La Constitución Política
º Mientras dure la ausencia del Presidente de la República por razón de su viaje a Guayaquil, Ecuador, delegase en el Ministro de Gobierno, doctor Germán Zea, las funciones presidenciales correspondientes a los asuntos de que tratan los ordinales 3º, 6º y 7º de la Constitución Política.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
Articulo 2º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.