El Presidente de la República de Colombia
En uso de las facultades de que se halla investido
Artículo 1
Art. 1.° Créase el destino de Subjefe de la Sección 1. a de la Secretaría de Fomento con la asignación anual de $ 1,200.
Artículo 2
Art.2.° Abrese al Presupuesto en curso el siguiente crédito adicional : Departamento de Fomento. Capítulo 1.° Secretaría de Fomento (Personal). Sección 1. a ( obras públicas y negocios generales). Un Subjefe $ 270
Artículo 3
Art. 3.° Nómbrase en propiedad para desempeñar el destino creado por este decreto al señor Ricardo Parra. Comuníquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El secretario de Fomento