El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto-ley 1678 de 1960
Artículo 1Adiciónase La Nomenclatura De Empleos Establecida Por El Decreto Número 1678 De 1960, Con La Siguiente Clase: Técnico De Presupuesto Iv-19
°. Adiciónase la Nomenclatura de Empleos establecida por el Decreto número 1678 de 1960, con la siguiente clase: Técnico de Presupuesto IV-19.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1°
°. El presente Decreto rige a partir del primero (1°.) de junio del presente año. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado
Germán París Ayaencargado