Micelio

decreto 4090 de 2007

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Ley 4ª de 1992

Artículo 1Modifícase El Literal H) Del Artículo 1° Del Decreto 2078 De 2004, El Cual Quedará Así: H) Siete Mil Ciento Ochenta Dólares Americanos (Usd $7

°. Modifícase el literal h) del artículo 1° del Decreto 2078 de 2004, el cual quedará así: h) Siete mil ciento ochenta dólares americanos (USD $7.180) en Australia y Corea.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 2078 Del 28 De Junio De 2004

°. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2078 del 28 de junio de 2004.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Ley 4ª de 1992
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública