Artículo 1Con El Objeto De Preparar Los Estudios Que Requiera La Junta Nacional De Tarifas De Servicios Públicos, Amplíase La Planta De Personal Del Departamento Nacional De Planeación, Así: Equipo Técnico: N° De Cargos Clase Categoría 5 Técnicos En Planeación Vi 27 1 Secretario Mecanotaquígrafo Ii 16
° Con el objeto de preparar los estudios que requiera la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos, amplíase la Planta de Personal del Departamento Nacional de Planeación, así: Equipo técnico: N° de cargos Clase Categoría 5 Técnicos en planeación VI 27 1 Secretario mecanotaquígrafo II 16
Artículo 2La Unidad De Infraestructura Del Departamento Nacional De Planeación Será La Secretaría Técnica De La Junta Nacional De Tarifas De Servicios Públicos, Y El Jefe De Dicha Unidad Desempeñará Las Funciones De Secretario Ejecutivo De La Junta
°. La Unidad de Infraestructura del Departamento Nacional de Planeación será la Secretaría Técnica de la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos, y el Jefe de dicha Unidad desempeñará las funciones de Secretario Ejecutivo de la Junta.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil