en uso de sus facultades legales
Artículo 1De La Suma De $ 25
° De la suma de $ 25.000 que figura en el capítulo 78 artículo 770, del Presupuesto Nacional pare la vigencia en curso, destinada a dotar a la motonave Choco de un motor Bollinder y de otros elementos, se entregarán $ 20,000 a la Intendencia Nacional del Chocó, para que dicha entidad la invierta en los fines para que fue apropiada.
Artículo 2La Suma De Que Se Trata No Podrá Emplearse En Objeto Distinto Del Determinado En La Ley De Apropiaciones
° La suma de que se trata no podrá emplearse en objeto distinto del determinado en la Ley de Apropiaciones.
Artículo 3En Todo Lo Referente A La Apropiación En El Presupuesto Intendencial, Recibo De Los Fondos, Su Inversión, Comprobación Y Rendición De Cuentas, Etc
° En todo lo referente a la apropiación en el presupuesto intendencial, recibo de los fondos, su inversión, comprobación y rendición de cuentas, etc., la Intendencia del Chocó se sujetará a las disposiciones de la Contraloría General de la República sobre la materia. Comuníquese y publíquese.