Micelio

decreto 28 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto de carácter extraordinario número 1600 de 1953

Artículo 1

Promuévese al cargo de Administrador de la Estación de Servicios para los vehículos del Ministerio de Obras Públicas, dependiente de la Sección Administrativa del Departamento de Carreteras Nacionales, creado por el artículo anterior, al señor Rafael Medina Corzo, Visitador de Maquinaria y Equipo de la Sección de Conservación del mismo Departamento.

Artículo 2254Del Presupuesto De Gastos Vigente

Artículo primero. Dependientes de la Sección Administrativa del Departamento de Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, créanse los cargos de Administrador y de Secretario Contador Almacenista de la Estación de Servicios para los vehículos del Ministerio, con las asignaciones de ochocientos pesos ($ 800.00) y cuatrocientos pesos ($ 400.00) mensuales, respectivamente, que se cubrirán con cargo al Capítulo 116, artículo 2254 del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 2

Artículo segundo. Promuévese al cargo de Administrador de la Estación de Servicios para los vehículos del Ministerio de Obras Públicas, dependiente de la Sección Administrativa del Departamento de Carreteras Nacionales, creado por el artículo anterior, al señor Rafael Medina Corzo, Visitador de Maquinaria y Equipo de la Sección de Conservación del mismo Departamento. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas